Trámite cónyuge colombiano con hijos


By Mar16 - Posted on 28 Febrero 2007

:) Hola a todos, hay una amiga que conocí en el consulado y con quien he tenido comunicación, necesita información sobre el tema en referencia.
Ella tiene dos hijas, una de 18 años y otra menor de edad.
Es posible que se realice la solicitud del visado reagrupando a sus dos hijas también?
En el caso de la niña menor de edad, quisiera recibir porfavor, información detallada del trámite que debe realizar, ella no vive en Bogotá, sino en Armenia.
Tengo entendido que en el Acta de Manifestaciones, en el que su esposo la reclama para que vaya con él a España, debió reclamar también a las dos hijas, es así?.
También quisieramos saber qué documentos son necesarios para legalizar la situación de sus hijas en España.
Muchas gracias a quien pueda ayudarnos con esta información.
Un saludo,
Marcela;)

Mar

Opciones de visualización de comentarios

Seleccione la forma que prefiera para mostrar los comentarios y haga clic en «Guardar las opciones» para activar los cambios.

hola Mar: respecto a tu pregunta si es posible que se pueda reagrupar a las dos hijas. Se necesita cuando ella vaya a solicitar el visado y la reagrupacion familiar que primero tenga el acta de manifestaciones del esposo, en segundo lugar permiso apostillado del padre para salir del pais de la niña menor, tercero certificado de empadronamiento, registro civil de la menor apostillado, el documento del dni del esposo autenticado, y ademas aunque ella vaya con la madre ella tambien debe hacer un permiso de salida del pais de la menor el cual tiene que estar apostillado tambien y ademas llenar los formularios con sus respectivas fotos. Una vez reunido todo esto en un tiempo no menor de cinco dias obtiene el visado de reagrupacion familiar. espero haberle absuelto la duda. Hasta pronto.

Me gustaría haceros una pregunta sobre la validez de los documentos. En la segunda quincena de septiembre voy a viajar a Colombia para casarme con la mujer que quiero. El problema es que ella tiene un hijo. Cuando me presenté en el foro ya hice referencia a este asunto, pues hasta hace pocas fechas el padre biológico se negaba a dar el permiso para que el pequeño pudiese salir del país. Afortunadamente, gracias a Dios, ahora ha cambiado de opinión y está dispuesto a otorgar el permiso. Sin embargo, si por lo de la validez de los documentos, tenemos que esperar hasta septiembre para que firme, tenemos el miedo de que vuelva a cambiar de opinión, pues ya ha demostrado que es bastante inconstante. Mi pregunta es, puesto que hay que legalizar y apostillar el documento, si él firma ahora, y lo legalizamos en septiembre antes de registrar el matrimonio en el Consulado de España ¿sería válido el documento?
Agradezco de antemano vuestra ayuda.
Javier

primeramente todos los documentos del colombiano poseen una validez de tán solo 30 dias a partir de la fecha de su emision.
Asi pues debereis de aportar dicho documento en el consulado dentro de ese periodo.
Respecto al matrimonio con hijos de la conyugue, ante todo debera de consultar a que comunidad se dirigira en España, ya que ha cambiado la ley y los documentos que ahora se solicitan son diferentes, siempre y cuando el conyugue sea español.
Asi pues te recomiendo que traigas lo que ayer nos pidieron a mi esposa y su hijo:
- Registro civil nacimiento del niño apostillado y fotocopia
- Pasaporte del niño y fotocopia
- Permiso de autorizacion de salida del pais del niño conforme va a vivir a España con la madre(padre apostillado
- Y si teneis la autorizacion del padre tambien es bueno llevarla apostillada
- Registro civil nacimiento de la madre apostillado
- DNI original y fotocopia del conyugue español

Esos son los documentos que estan pidiendo en este momento para la obtencion de tarjeta comunitara inicial

Saludos

MI NOMBRE ES CAROLINA PERO ME DICEN CARO HE LEIDO SU FORO ES MUY INTERESANTE PERO NO ENTENDI LO DE EL CAMBIO DE LA LEY ME LO PODRIAN EXPLICAR MAS, ANTES PEDIAN MAS O MENOS COSAS? Y EL NIÑO ESTA EN COLOMBIA O YA ESTA AQUI EN ESPAÑA? ES MUY DIFICIL PEDIRLO DESDE AQUI? SOY CASADA CON ESPAÑOL MI HIJA TINE 20 AÑOS PERO ME DICEN PUEDO TRAERLA POR SER COMUNITARIO HASTA LOS 21 AÑOS ES CIERTO ESTO? EN FIN SON MUCHAS DUDAS PERO CUALQUIERA QUE ME PUEDAN AYUDAR A RESOLVER O TENGA UN CASO SIMILAR Y ME ORIENTE, QUE DIOS LE COMPENSE.
CARO

Efectivamente ha habido un cambio de legislacion y ahora piden menos documentos, tal y como esta expresado en el apartado de arriba,
Siempre hablamos a la respuesta de la pregunjta inicial, es decir documentos a aportar por el conyugue colombiano e hijo cuando ya estan en España.Es decir para ya tramitar la situacion legal en territorio español.
Otra cosa bien distinta es para traerlo desde Colombiana, estes alla o aqui. Donde deberas de consultar en la pagina de la embajada el apartado de visado por reagrupacion familiar. Y si estas en España entonces irte a la Subdelegacion de Gobierno de tu ciudad aqui y comenzar tb lo que se llama igualmente reagruación familiar.
Saludos

Hola Pere:

Tengo una duda sobre este requisito: “Permiso de autorizacion de salida del pais del niño conforme va a vivir a España con la madre (padre apostillado)”. ¿Se trata del acta de manifestaciones por la que reclamo al niño, además de a su madre para que pueda viajar a España? o ¿se trata del visado para salir del país, o de algún otro documento? Gracias por tu información. Un saludo. Javier

HOLA JAVI
1)TU DEJAS TU ACTA DE MANIFESTACIONES FIRMADA DONDE AUTORIZAS AQUE TU ESPOSA Y LOS HIJOS DE ELLAS VENGAN A VIVIR CONTIGO A ESPAÑA.
2) SI LOS HIJOS DE TU ESPOSA SON MENORES DE EDAD NECESITAN LA AUTORIZACION PARA SALIR DEL PAIS DE LOS "DOS" PADRES ASI ELLA VENGA CON SU HIJO DEBE TENER UNA AUTORIZACION DONDE AUTORIZA SU SALIDA DEL PAIS ESTO SE HACE EN UNA NOTARIA LUEGO EN BOGOTA SE LLEVA A LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO Y LUEGO SE APOSTILLAN TE RECOMIENDO SAQUES COPIA CUANDO YA LO APOSTILLES TE PEDIRAN ORIGINAL Y FOTOCOPIA. MUCHA SUERTE.
SALUDOS A TODOS.
NAYIVE.

Imagen de laprincesadeandorra

Hola.

Y en caso de q el padre biologico no quiera dar el permiso?

saluditos.

Imagen de JAMELIA

Quote:Hola.

Y en caso de q el padre biologico no quiera dar el permiso?

saluditos.

Originalmente enviado por laprincesadeandorra - 03 dic 2007 : 10:11:23 AM

Si el padre biologico ha registrado al menor y no da el permiso, debes iniciar un proceso de permiso de salida del pais ante un juzgado de familia

Mi dulce niña no llores mas, estoy aqui contigo velando por ti, dejame secar tus lagrimas con besos y borrar tu tristeza con sonrisas. Te voy a estar cuidando mi bebe......TE AMO

No se si viene al caso, pero puede servir a aquellas parejas que aun no se han casado y su pareja tiene hijos menores.
En mi caso, tengo un hijo, registrado solo con mis apellidos. uno de los requisitos para casarme por lo civil en Medellin, era un certificado solemne de bienes del menor, proceso que lleva a cabo un abogado. ojo...independientemente si el menor tiene o no bienes , me lo exigieron disque a manera de proteccion del menor...Es un proceso algo demorado, asi que les aconsejo se aseguren bien de los requisitos pedidos por la notaria elegida y con tiempo comiencen este tramite si es el caso, podria tardar hasta dos meses largos.

gelitos

Enviar un comentario nuevo

El contenido de este campo se mantiene como privado y no se muestra públicamente.
  • Allowed HTML tags: <a> <em> <strong> <cite> <code> <ul> <ol> <li> <dl> <dt> <dd> <b>
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
  • Youtube and google video links are automatically converted into embedded videos.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.

Más información sobre opciones de formato



En línea

En este momento hay 4 usuarios y 16 invitados en línea.

Usuarios en línea

  • Anyul
  • july
  • camilatirado
  • liliana8

Locations of visitors to this page

Recibe las novedades en RSS feeds en formato XML.

XML feed Contenidos en portada.
Syndicate content Por Usuarios y Categorías.