hola necesito que me ayuden un poco


By antonella - Posted on 04 Abril 2008

hola pues necesito que alguien me ayude con esta duda que tengo pues yo actualmente estoy en españa ya con mi esposo pero yo tengo un hijo de 4 años en colombia pues con apellidos de su padre y mio pues la pregunta es la sgt tengo pensado hacer la reagrupacion de mi hijo para el año entrante y desde ahora quiero saber que requisitos me pide el consulado y ci estan tardando en dar las citas para reagrupar quiero saber todos los requisitos que piden en el consulado para su visa y ala hora de salir de colombia si alguien tiene idea sobre este tema le pido por favor que ayude un poco gracias;)

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Tu reagrupacion creo que seria en regimen general para este caso debes de presentarte a la subdelegacion de tu ciudad y alli te brindaran mas informacion que requieras para la reagrupacion lo que te coloco ahora es lo que se da luego de la resolucion favorable:

HIJOS
DE CIUDADANO EXTRANJERO
NO COMUNITARIO
O DE SU CONYUGE
menores de 18 años
NOTA IMPORTANTE:
LOS INTERESADOS DISPONEN DE DOS MESES PARA SOLICITAR EL VISADO, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACION AL REAGRUPANTE DE LA RESOLUCION
FAVORABLE.
- 4 FORMULARIOS CON 4 FOTOGRAFIAS FONDO BLANCO (PEGADAS EN CADA UNA DE LAS HOJAS DEL FORMULARIO)
- PASAPORTE, QUE NO VENZA ANTES DE CUATRO MESES. ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA HOJA DONDE APARECE LA FOTOGRAFÍA Y LAS HOJAS DONDE APAREZCAN
RECTIFICACIONES AL PASAPORTE. (NO VISAS NI SELLOS DE VIAJES).
- COPIA DE LA RESOLUCION FAVORABLE, (que debe solicitar el reagrupante en la Delegación o Subdelegación de Gobierno de la provincia española en la que resida
- REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS (ORIGINAL APOSTILLADO y FOTOCOPIA)
- PASAPORTE DEL REAGRUPANTE FOTOCOPIA de la hoja dónde aparece la fotografía.
- REGISTRO CIVIL DE MATRIMONIO DE LOS REAGRUPANTES (ORIGINAL APOSTILLADO y FOTOCOPIA)
- PERMISO DE AMBOS PADRES O DE LA PERSONA QUE POSEA LA PATRIA POTESTAD del menor, suscrito ante notario, con la indicación expresa de que lo autoriza a “SALIR DEL PAIS Y
RESIDIR EN ESPAÑA CON SU PADRE O MADRE. ( ORIGINAL Apostillado Y FOTOCOPIA)
- LA SOLICITUD DEBERA SER PRESENTADA POR LOS PADRES O REPRESENTANTE DEBIDAMENTE ACREDITADO MEDIANTE PODER NOTARIAL..
- CERTIFICADO MEDICO EXPEDIDO EN COLOMBIA por uno de los Centros Médicos autorizados por el Consulado. (ORIGINAL Y FOTOCOPIA) (Ver directorio de Clinicentros)

Si es en regimen comunitario:

HIJOS
DE CIUDADANO COMUNITARIO
O DE SU CONYUGE
menores de 21 años o a su cargo
- 4 FORMULARIOS CON 4 FOTOGRAFIAS (PEGADAS EN CADA UNA DE LAS HOJAS DEL FORMULARIO)
- PASAPORTE, QUE NO VENZA ANTES DE CUATRO MESES. ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA HOJA DONDE APARECE LA FOTOGRAFÍA Y LAS HOJAS DONDE APAREZCAN RECTIFICACIONES AL PASAPORTE. (NO VISAS NI SELLOS DE VIAJES).
- LIBRO DE FAMILIA para españoles y ciudadanos comunitarios cuyas autoridades lo expidan (ORIGINAL Y FOTOCOPIA)
- CERTIFICADO DE MATRIMONIO Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país donde se haya contraído matrimonio y certificación de la Embajada o Consulado del ciudadano comunitario que acredite que el matrimonio está registrado o es válido (en el caso de ciudadanos comunitarios que no cuenten con libro de familia), ORIGINAL y FOTOCOPIA.
- DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (D.N.I) O PASAPORTE DEL REAGRUPANTE ESPAÑOL o, en el caso de ciudadanos comunitarios no españoles, TARJETA DE RESIDENCIA O DOCUMENTO QUE ACREDITE SU RESIDENCIA EN ESPAÑA (ORIGINAL y FOTOCOPIA o fotocopia autenticada)
- ACTA DE MANIFESTACIONES. (ORIGINAL y FOTOCOPIA). Del cónyuge comunitario Suscrita ante notario público español, en la que manifieste que está de acuerdo en que sus hijos o los de su cónyuge vayan a vivir con él a España.(si el ciudadano español se encuentra en Colombia, puede hacer el acta de manifestaciones ante el funcionario del Consulado)
- EN EL CASO DE MENORES LA SOLICITUD DEBERA SER PRESENTADA POR SUS PADRES O REPRESENTANTE DEBIDAMENTE ACREDITADO MEDIANTE PODER NOTARIAL..
- REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO del hijo o hija. (ORIGINAL o fotocopia autenticada), apostillado
- PERMISO DE AMBOS PADRES O DE LA PERSONA QUE POSEA LA PATRIA POTESTAD del menor, suscrito ante notario, con la indicación expresa de que lo autoriza a “SALIR DELPAIS Y RESIDIR EN ESPAÑA CON SU PADRE O MADRE”. ( ORIGINAL Apostillado Y FOTOCOIA)
- BAJA CONSULAR (para españoles residentes en Colombia que se trasladen a vivir a España)
- EN EL CASO DE HIJOS MAYORES DE 21 AÑOS, PRUEBA DE SOSTENIMIENTO ECONOMICO POR PARTE DEL REAGRUPANTE O DE SU CONYUGE (ORIGINAL y FOTOCOPIA)
- EN EL CASO DE QUE EL REAGRUPANTE SEA JUBILADO, RENTISTA (NO ACTIVO) O ESTUDIANTE deberá presentar documentación que acredite los medios de subsistencia aportando (ORIGINAL y FOTOCOPIA) o fotocopias autenticadas de: Declaración de Hacienda del último ejercicio, justificación de ingresos y seguro Médico contra todo riesgo, que cubra a los familiares que desea reagrupar

Espero que te sirva un poco esta informacion, de igual modo esperemos que alguien mas nos amplie la informacion.....

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Como extraño tu compañia, tu presencia, mi estrella inalcanzable, dulce apasionada, que paraliza mis sentidos, cuerpo que arde bajo el roce de mis labios...TE AMO

Te invito a que visites este sitio...http://www.desconexioncubana.com/blogs/angie28/
y deja tu comentario....GRACIAS

gracias señorita jamelia veo que colocastes los dos pero en mi caso yo estoy casada con un español y pasamos por todo el proceso en colombia los dos pero me vine antes sola sin mi hijo ahora l y yo no los pensamos traer `para el otro año pero el padre de mi es colombianno y vive con el bb actualmente y mi esposo español pero deseamos reagruparlo gracias solo queria saber que tiempo demraban en dar las citas para estos casos porque tengo pensado traermelo a principio del año que viene grcias

ahyy perdona jamelia se me olvidaba tambien preguntar por si alguien sabe cuando yo dese pedir la cita a que telefonos llamo para poder pedir cita o como lo tengo que hacer ala hora de reagrupar a mi hijito de 4 años gracias

Imagen de JAMELIA

Asignación de citas

* VISADOS DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR RÉGIMEN GENERAL Y TRABAJO: El Consulado sugiere ingresar al sistema electrónico para asignación de citas, , el cual no se aplica para visados de estudios ni para visados Schengen de estancia por turismo, negocios o visita familiar. La cita debe ser solicitada dentro del plazo que marque la resolución favorable dictada por la correspondiente Delegación o Subdelegación del Gobierno en España. La fecha en que ha sido solicitada la cita es la que será tomada en cuenta para verificar si la tramitación del expediente se encuentra dentro del plazo establecido por la reglamentación, independientemente de que la cita asignada por el sistema sea posterior al plazo señalado en la resolución favorable.

* VISADOS DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR RÉGIMEN COMUNITARIO. No es necesaria cita previa. La presentación de solicitudes de este tipo de visados se debe realizar personalmente en el Consulado General de España en Bogotá, en horario de lunes a jueves de 7:30 a 10 horas de la mañana, presentando toda la documentación necesaria

http://www.maec.es/subwebs/Consulados/Bogota/es/MenuPpal/Trmites%20de%20...

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